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Préstamo para aportar dinero a Plan de Pensiones
Este blog recoge datos y noticias sobre hipotecas generadas por bancos , analistas finacieros , etc.... nuestra intencion es que te sea de utilidad para mejorar tu hipoteca
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La hipoteca 0 de Banco Gallego, está dirigida a clientes que requieran un elevado monto de financiación, ya que las condiciones expuestas son válidas para préstamos superiores a 400.000€.
Esta hipoteca, le permitirá rebajar el diferencial aplicable al tipo de interés variable, hasta el 0%, dependiendo de los productos contratados.
El primer año de vida de este préstamo hipotecario, devengará un interés equivalene al Euribor BOE a 12 meses + 1,25%, siempre que el volumen financiado sea superior a 400.000€. Asimismo, cabe destacar que la entidad aplica un tipo de interés suelo, el que no puede descender del 2,75%.
El resto de los años de esta hipoteca, el interés devengado dependerá de los productos contratados, yendo desde Euribor BOE 12 meses + 0% hasta Euribor BOE 12 meses + 0,89% anual.
Para acceder a este préstamo, Banco Gallego, exige mínimamente se mantenga la siguiente vinculación:
• Nómina
• Dos recibos domiciliados
• Seguro de vida y de hogar comercializados por Banco Gallego.
Además, para poder acceder a partir del segundo año, de un diferencial del 0%, deberá efectuar gastos con la tarjeta de crédito que en forma anual equivalgan al valor de más de seis cuotas de su hipoteca, al tiempo que además deberá efectuar una aportación a planes de pensiones o fondos de inversión equivalentes al valor de más de 12 cuotas.
Para gastos o aportaciones menores a las indicadas, logrará un diferencial rebajado, en función de una escala vinculada a los gastos efectuados.
Este producto de crédito, le ofrece la posibilidad de realizar disposiciones sucesivas, de modo de redisponer de lo ya amortizado.
Además, podrá flexibilizar las condiciones de esta hipoteca por dos medios:
• Aplazar cuotas en caso de que le surjan imprevistos.
• Prorrogar el vencimiento de la hipoteca en caso de que lo necesite.
No podemos negar que un diferencial del 0%, aplicado sobre el Euribor, representa una condición inmejorable, sin embargo, el “coste” que habrá que pagar para acceder el mismo, (vinculado a los productos adicionales a contratar), es bastante elevado.
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Hipoteca 0 de Banco Gallego
Banco Gallego, ofrece una hipoteca flexible que premia a sus clientes más fieles, disminuyendo el diferencial aplicado, al incrementar la vinculación con la entidad.
Se denomina Hipoteca 0,40, y su nombre proviene del diferencial mínimo que se aplicará para el devengo de intereses de este préstamo.
La Hipoteca 0,40 de Banco Gallego, aplicará las siguientes condiciones:
El primer año se abonará un interés equivalente al Euribor BOE a 12 meses + 1,25%. Esta hipoteca tiene suelo, siendo durante este periodo de 2,75% como mínimo. Estas condiciones son aplicables para un volumen financiado superior a 200.000€.
A partir del segundo año el diferencial aplicado se reduce, desde Euribor BOE 12 meses +0,40% hasta Euribor BOE 12 meses + 0,89% anual, en función de los productos contratados.
Para acceder a la contratación de este préstamo, la entidad requiere mínimamente:
• Nómina domiciliada
• Dos recibos domiciliados
• Contratación de Seguro de vida y de hogar comercializados por Banco Gallego.
La reducción del diferencial, a la que nos referimos precedentemente, se efectuará en función del consumo efectuado con la Tarjeta de Crédito de la entidad, así como por las aportaciones efectuadas a fondos de inversión o planes de pensiones.
Además contará con siguientes facilidades:
• Realizar disposiciones sucesivas, para que usted redisponga de lo ya amortizado.
• Aplazar cuotas en caso de que le surjan imprevistos.
• Prorrogar el vencimiento de la hipoteca en caso de que lo necesite.
Una propuesta bastante pobre, ya que para obtener un diferencial aceptable hay que mantener un nivel de vinculación bastante elevado.
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Hipoteca 0,40 de Banco Gallego
Fiscalidad de las aportaciones
Las aportaciones que realice a su plan de pensiones se reducen directamente en la parte general de la base imponible hasta el menor de los siguientes límites: 10.000 euros ó el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos en el ejercicio. Para mayores de 50 años, estos límites serán de 12.500 euros ó 50%.
Régimen transitorio: este límite no será de aplicación a las cantidades aportadas con anterioridad al 01/01/2007 que se encuentren pendientes de reducción en BI por insuficiencia de la misma.
Además, aquéllos partícipes que reciben aportaciones de su empresa en un Plan de Pensiones del Sistema de Empleo, también podrán reducirse en la base imponible del Impuesto la cuantía de las mismas, con los límites fijados por la normativa en función de la edad.
Si su cónyuge no obtiene rentas a integrar en la parte general de la base imponible o las obtiene en cuantía inferior a 8.000 euros, podrá reducir en la base imponible las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones de los que sea partícipe su cónyuge, con el límite máximo de 2.000 euros anuales.
Se reducirán las aportaciones anuales realizadas por los partícipes discapacitados (con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65 por ciento, psíquica igual o superior al 33 por ciento, así como los discapacitados que tengan una incapacidad declarada judicialmente, independientemente de su grado), con el límite de 24.250 euros anuales. Si varias personas realizan aportaciones al plan del discapacitado (el propio titular y sus familiares, en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, así como el cónyuge o aquéllos que les tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento), se reducirán, en primer lugar, las aportaciones realizadas por el propio discapacitado, y sólo si las mismas no alcanzaran el límite de 24.250 euros señalado, podrán ser objeto de reducción las aportaciones realizadas por terceros a su favor, de forma proporcional.
El conjunto de las reducciones anteriores no podrá dar lugar a una base liquidable general negativa. Las aportaciones que no hayan sido objeto de reducción en el impuesto por este motivo, podrán ser reducidas en los cinco ejercicios fiscales siguientes.
b. Fiscalidad de las prestaciones
En cuanto a las prestaciones generadas por un Plan de Pensiones, tienen la consideración fiscal de rendimientos del trabajo, estando sometidas tributariamente al IRPF.
En forma de capital: No dan lugar a reducción.
Régimen transitorio: para las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas con anterioridad al 01/01/2007 y las acaecidas con posterioridad al 01/01/2007, por la parte correspondiente a aportaciones anteriores a 31/12/2006, los beneficiarios podrán aplicar la reducción prevista en el art.17 de la Ley del IRPF vigente a 31/12/2006: Con carácter general, si la prestación se percibe en forma de capital, se aplicará una reducción del 40% sobre el derecho consolidado si la primera aportación tiene una antigüedad de 2 años como mínimo desde la fecha en que se realizó la primera aportación.
En forma de renta: No dan lugar a reducción.
Exención hasta un máximo de 3 veces el IPREM en caso de minusválidos.
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Fiscalidad Planes de pensiones
Bonificación en el traspaso de planes de pensiones a Bankinter

Condiciones de la promoción:
Ámbito y plazos de validez: La promoción será válida para traspasos de planes de pensiones/EPSVs1 desde otras entidades a Bankinter realizados hasta el 30 de septiembre de 2010.
El importe mínimo del traspaso será de 3.000 euros en planes de pensiones/EPSVs.
El período de permanencia es de 36 meses a contar a partir del 30 de septiembre de 2010, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2013 inclusive.
Durante este período, será posible realizar traspasos internos entre planes de pensiones/EPSVs, pero no se admitirá la realización de ningún traspaso externo hacia otra entidad, que supongan que su saldo en planes de pensiones/EPSVs sea inferior al saldo existente en estos productos en Bankinter S.A. a 30 de septiembre de 2010.
Posibilidad de rescate, hasta un máximo del 10% del importe traspasado durante 3 años sin penalización en la bonificación.
Bonificación: se abonará el 2% bruto (0,40% T.A.E., calculada para un plazo de 5 años),que se aplicará al saldo recibido en Bankinter correspondiente al neto de traspasos de entrada y salida solicitados durante el período de la promoción.
La bonificación máxima por cliente será de 3.000 euros por traspaso de planes de pensiones/EPSVs1.
Bonificación compatible con el Programa Retorno.
Cumplimiento de condiciones y pago de la bonificación: Una vez se compruebe por parte del banco que el cliente cumple las condiciones y requisitos de la presente promoción, Bankinter ingresará en la cuenta del cliente, en un plazo no superior a los 20 días naturales siguientes a la finalización de la campaña el porcentaje de bonificación menos la retención fiscal correspondiente de acuerdo a la ley.
En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos y condiciones de la promoción, el cliente estará obligado a devolver en su totalidad a Bankinter el importe bruto de la bonificación recibida. En el caso de que proceda la devolución de la bonificación, Bankinter recurrirá a los mecanismos legales que resulten adecuados para obtener la devolución de la bonificación.
Fiscalidad: Se aplicará la fiscalidad vigente en el momento del abono o devolución de la bonificación. A día de hoy, de acuerdo con la legislación vigente y los criterios manifestados por la DGT en contestaciones a consultas sobre situaciones análogas o similares, se considera que:
- El abono de la bonificación tiene la consideración de un rendimiento de capital mobiliario sujeto a una retención del 19%, excepto en la Comunidad Foral de Navarra, en cuyo caso la retención es del 18%. Se integraría en la base liquidable del ahorro que tributa al 19% para los primeros 6.000 euros, y al 21% sobre el exceso de dicha cantidad.
- La devolución de la bonificación, en el supuesto previsto en el apartado anterior, tiene la consideración de pérdida patrimonial. El partícipe asumirá la posible pérdida en el caso de que no tuviera ganancias patrimoniales con las que compensar la pérdida patrimonial.
Solicitar traspaso de otra entidad a Bankinter
Cómo traspasar sus Planes de Pensiones
Ahora desde Bankinter.com puede solicitar el traspaso de su plan de pensiones2 en otra entidad a Bankinter, mediante un proceso rápido y cómodo, a través de Internet.
1. Seleccione el plan origen y el plan destino. Indíquenos el nombre del plan de pensiones que tiene contratado y le ofreceremos uno con mejor rentabilidad dentro de la misma categoría que el suyo.
2. Indíquenos los datos del traspaso.
3. Firme la operación.
Si aún no es usted cliente de Bankinter, en el mismo proceso le daremos de alta como cliente. Deberá enviarnos toda la documentación debidamente cumplimentada para proceder a la solicitud del traspaso.
Podrá beneficiarse de las ventajas de traspasar su plan de pensiones sin ningún coste fiscal ni comisión.
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Bonificación Traspaso planes de pensiones en Bankinter
Además al contratar este producto BBK nos ofrece la posibilidad de una financiación especial al 0% TAE, para realizar aportaciones a él. Eso si para acceder a esta posibilidad el importe mínimo de la aportación se exigirá que sea de 4000 euros, siendo el máximo, el tope la aportación máxima deducible en el IRPF, que tenga cada persona, lo cual al ser la financiación a tipo 0, es interesantísimo, puesto que nos permitirá aprovechar al máximo la desgravación fiscal.
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Plan Baskepensiones Garantizado 10, BBK
Señalar que además de esto, con este plan Futurespaña Estabilidad II, podremos obtener una rentabilidad extra que puede llegar al 3%, aprovechándose de la campaña de planes de pensiones que está llevando a cabo Caja España, de tal forma que la caja realizará una aportación extraordinaria a un Plan Fidelis de Ahorro del 2%, en función de la edad y del importe, y del 1% en cuenta si el traspaso proviene de otras entidades distintas a Caja España, con lo cual el cliente podrá de esta manera obtener un mayor rendimiento con este plan de pensiones garantizado.
Por último indicar que esta plan de pensiones Futurespaña Estabilidad II podrá contratarse hasta el próximo 30 de junio de 2010, desde un importe mínimo de 2000 euros.
En resumen un buen plan de pensiones con una buena rentabilidad, que tiene la ventaja de que esta está garantizada al igual que nuestro capital, además también nos podremos beneficiar de las ventajas fiscales de los planes de pensiones.
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